sábado, 30 de abril de 2016

RESOLVIENDO LA SEGUNDA PARTE DE LA RECLAMACION DEL SR. HURTADO



  1. La Resolución que inhabilitó por cuatro años a D. Francisco Ferrer, por las designaciones arbitrales en Granada, tenía dos aspectos más: "La nulidad de las designaciones arbitrales y una nueva y correcta designación en base a los motivos expuestos", y "La compensación en caso de resultar designado para las competiciones solicitadas a D. Javier Hurtado González".
  2. El punto de la nulidad de las designaciones ya fue resuelto. Cuándo se emitió la Resolución solo existía un arbitraje pendiente. FADA decidió sacarlo a baremación y se asignó al Sr. Barranco.
  3. El punto de la indemnización estaba pendiente.
  4. El Sr. Hurtado presentó el siguiente orden de peticiones: 1º Equipos, 2º Juvenil y Veteranos, 3º Absoluto.
  5. Sin embargo, la Granadina le asignó un torneo que él no había solicitado, el Escolar. 
  6. El Sr. Hurtado renunció a él y reclamó al Comité de Disciplina de la FADA con las consecuencias ya conocidas.
  7. Por los distintos arbitrajes la Granadina abonó 336 por el Equipos, 288 por el Juvenil/Veteranos, 144 por el Escolar y 384 por el Absoluto.
  8. Para aplicar la Resolución es necesario fijar un criterio. Se ha descartado reproducir el proceso de selección, teniendo en cuenta todas las peticiones recibidas y aplicando un criterio de baremación a posteriori.
  9. Dado que la Resolución establece que existió un perjuicio al tratar injustamente al Sr. Hurtado, se pueden utilizar dos criterios: que la indemnización sea la equivalente al pago más alto realizado por la Granadina -y solicitado por el Sr. Hurtado- o que la indemnización sea la primera petición realizada por el Sr. Hurtado.
  10. Tras consultarlo con el Presidente del Comité de Árbitros, D, Pedro Castilla, se estima más ajustado este segundo enfoque: el de su primera preferencia.
  11. Por lo tanto el Sr. Hurtado debe recibir de la Granadina, en concepto de indemnización, el importe de su primera petición: el torneo de Equipos, y, por lo tanto, 336 euros.
  12. La FADA abonará esta cantidad al Sr. Hurtado y la cargará al saldo de la Granadina. El Sr. Hurtado firmará el correspondiente recibo como si hubiese arbitrado este torneo.